CuotaAutónomos
Clúster de la cuota · 2026

Plan de pensiones del autónomo: 5.750 € de límite, 30% de techo.

Puedes deducir hasta 5.750 € al año, pero solo si aportas a un plan sectorial, a un plan de empleo simplificado o a una mutualidad: con un plan individual normal el límite son 1.500 €. Y en los dos casos manda un techo que casi nadie calcula antes de contratar: el 30% de tu rendimiento neto. Con 25.000 € facturados no llegas a los 5.750 €: tu tope real está en torno a 5.600 €.

El plan de pensiones no es un producto de ahorro. Es un diferimiento fiscal con fecha de caducidad: la tuya.

La normaArtículo 52: dos límites, no uno

El artículo 52.1 de la LIRPF abre con una frase que decide todo: la reducción tiene como límite máximo la menor de estas dos cantidades:

Límite de reducción por aportaciones a sistemas de previsión social · LIRPF art. 52.1
LímiteCuantíaQué significa para un autónomo
a) Porcentaje sobre tus rendimientos30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicasEs el techo que manda siempre. Si tus rendimientos netos son bajos, este es tu límite, no el nominal
b) Límite nominal general1.500 €/añoEl que te aplica con un plan de pensiones individual corriente
b) Incremento 1.º+ 8.500 €/añoContribuciones empresariales y aportaciones del trabajador al mismo instrumento, con el cuadro de la ley
b) Incremento 2.º+ 4.250 €/añoPlanes sectoriales, planes de empleo simplificados de autónomos, planes de empleo de los que el autónomo sea promotor y mutualidades de previsión social
Máximo conjunto de los incrementos8.500 €/añoLos dos incrementos no se suman sin fin: juntos no pueden pasar de 8.500 €

Artículo 52.1 de la LIRPF, texto consolidado (BOE-A-2006-20764), acceso 2026-10-02. Aparte, la ley permite reducir 5.000 € anuales por primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa.

De ahí sale el número que ves repetido: 1.500 + 4.250 = 5.750 €. Pero fíjate en la condición del incremento: no basta con tener un plan de pensiones contratado en un banco. Tiene que ser un plan sectorial o un plan de empleo simplificado de autónomos, o una aportación como promotor de tu propio plan de empleo, o una mutualidad de previsión social.

La condiciónEl 5.750 € no está disponible para todos

Aquí es donde la mayoría de las guías se saltan un párrafo. El incremento de 4.250 € exige que exista y que puedas adherirte a uno de estos instrumentos:

Traducción honesta: si solo tienes un plan individual, tu límite es 1.500 €. El 5.750 € es un límite real pero condicionado, y esa condición es la primera pregunta que deberías hacer antes de comparar productos.

El techo que mandaEl 30% de tu rendimiento neto

Y ahora el límite que de verdad decide en la mayoría de los casos de autónomos. El 30% se aplica sobre tu rendimiento neto, que no es tu facturación: es tu facturación menos la cuota del RETA y menos la deducción del 7% (con tope de 2.000 €) si estás en el régimen simplificado.

El punto donde el 30% iguala a los 5.750 € está en un rendimiento neto de 19.166,67 €, que en la práctica equivale a una facturación de unos 25.400 €. Por debajo de ahí, tu límite es el 30%. Por encima, el límite nominal.

Tu límite real según lo que facturas · 2026
FacturaciónRendimiento neto30% del rendimientoLímite nominalLímite que aplica
10.000 €6.772,60 €2.031,78 €5.750 €2.031,78 €
15.000 €10.606,93 €3.182,08 €5.750 €3.182,08 €
20.000 €15.222,47 €4.566,74 €5.750 €4.566,74 €
25.400 €19.141,59 €5.742,48 €5.750 €5.742,48 €
30.000 €23.132,38 €6.939,71 €5.750 €5.750 €
60.000 €51.452,93 €15.435,88 €5.750 €5.750 €

Cálculo propio: rendimiento neto según el modelo estándar del sitio (facturación menos cuota RETA por la base mínima del tramo al 31,5% y menos la deducción del 7% con tope de 2.000 €), y límites del artículo 52.1 de la LIRPF.

El límite que te aplica de verdad

2026 · el 30% del rendimiento neto frente al límite nominal de 5.750 €
10.000 € 20.000 € 30.000 € 45.000 € 60.000 € 0 1.000 € 3.000 € 5.750 € facturación anual límite deducible aquí empata el 30% con 5.750 €

Por debajo de unos 25.400 € de facturación, tu límite no es 5.750 €: es el 30% de tu rendimiento neto. Y baja rápido: con 10.000 € facturados, 2.031,78 €.

Tu casoLímite y ahorro fiscal

Cotizando por la base mínima de tu tramo y con la deducción del 7% aplicada. El ahorro se calcula a tu tipo marginal de la escala general.

10.000 €85.000 €160.000 €

Tu límite deducible

5.750 € al año

Rendimiento neto 36.947 € · 30% = 11.084 € · límite nominal 5.750 €

Tu tipo marginal 30 % · ahorro si aportas el máximo: 1.725 € al año

El ahorro es el tipo marginal de la escala general aplicado al límite deducible. Si tu aportación cruza un tramo, el ahorro real es algo menor. No incluye la escala autonómica, que puede elevar el tipo marginal y por tanto el ahorro.

La letra pequeñaCuatro cosas que cambian el cálculo

La pregunta no es cuánto desgrava. Es si tu tipo de mañana será menor que tu tipo de hoy.

La comparación honestaPlan de pensiones frente a invertir por tu cuenta

Son dos cosas distintas y la comparación correcta no es «cuál renta más», sino «cuál encaja con mi fiscalidad»:

Las dos vías, comparadas por su tratamiento fiscal
Plan de pensionesInversión por tu cuenta
Al aportarReduces tu base general: ahorras tu tipo marginal, con los límites del artículo 52No deduces nada: sale de tu renta ya tributada
DuranteEl patrimonio crece protegido, con las reglas del plan y sus comisionesLos rendimientos tributan según su naturaleza, y las ganancias al venderlo
Al retirarTodo tributa como rendimiento del trabajo, a los tipos de la escala generalLas ganancias tributan en la escala del ahorro
LiquidezNo disponible salvo supuestos excepcionales tasadosDisponible cuando quieras

La conclusión que sale de esta tabla es sencilla y no la vas a encontrar en el folleto de ningún producto: el plan de pensiones gana cuando tu tipo marginal de ahora es alto y esperas que el de la jubilación sea bajo. Con rendimientos netos altos y una jubilación modesta, la ganancia es real y medible. Con rendimientos bajos, donde tu tipo ya es del 19% o del 24%, el ahorro no compensa la rigidez, y suele tener más sentido un producto líquido con tributación en la escala del ahorro.

Y una advertencia que este sitio repite siempre: ninguna deducción sustituye un plan. Antes de contratar un producto con el dinero bloqueado hasta la jubilación, el orden razonable es colchón de tres meses de gastos fijos, después coberturas de riesgo (lo tienes en el seguro de baja del autónomo y en el paro del autónomo), y solo entonces previsión a largo plazo.

MetodologíaDe dónde sale cada cifra

El límite de 1.500 €, el incremento de 8.500 € por contribuciones empresariales, el incremento de 4.250 € para autónomos con planes sectoriales, PPES o mutualidades, y el máximo conjunto de 8.500 € para los incrementos salen del artículo 52.1 de la LIRPF, leído en el texto consolidado del BOE. El tratamiento de las prestaciones como rendimiento del trabajo, del artículo 17.2.a) de la misma ley. Los supuestos de liquidez, por remisión al artículo 8.8 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

El rendimiento neto y el tipo marginal se calculan con el modelo estándar del sitio: cuota RETA por la base mínima del tramo (31,5%, Orden PJC/297/2026), deducción del 7% con tope de 2.000 € y mínimo personal de 5.550 €, aplicando la escala general del IRPF. No aplicamos la escala autonómica, que elevaría el tipo marginal y el ahorro, ni las comisiones ni la rentabilidad del producto, que son específicas de cada plan.

Análisis orientativo, no asesoramiento fiscal ni recomendación de inversión. Este sitio no comercializa ni recomienda productos de previsión social, y no ha contratado ni probado ningún plan concreto. Antes de aportar, compara la comisión del producto con el ahorro fiscal que obtienes. Datos verificados el 2026-10-02. Fuentes: LIRPF, texto consolidado (arts. 17.2.a y 52), texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones (art. 8.8) y Orden PJC/297/2026 (bases del RETA 2026).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede deducir un autónomo?

1.500 € al año con un plan individual. Hasta 5.750 € si la aportación va a un plan sectorial, a un plan de empleo simplificado de autónomos, a un plan de empleo del que seas promotor o a una mutualidad de previsión social. En todos los casos, con el techo del 30% de tus rendimientos netos.

¿Por qué mi tope real es menor que 5.750 €?

Porque el 30% de tu rendimiento neto manda sobre el límite nominal. Con un rendimiento neto de 10.000 € tu tope son 3.000 €; el límite coincide con 5.750 € cuando el rendimiento neto llega a 19.166,67 €.

¿Cuánto ahorro fiscal genera?

Tu tipo marginal aplicado al importe aportado. Con un rendimiento neto de 45.000 € el marginal general es del 30%, así que aportar los 5.750 € completos ahorra 1.725 € de cuota.

¿Cómo tributa al rescatarlo?

Como rendimiento del trabajo, según el artículo 17.2.a) de la LIRPF: se suma a tu base general. Compensa si tu tipo de la jubilación es menor que el de ahora.

¿Puedo sacar el dinero antes?

Solo en los supuestos excepcionales de liquidez del artículo 8.8 del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones. No es un producto líquido.

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